La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) desestimó la solicitud de revisión constitucional introducida por el candidato presidencial, Antonio Ecarri, para anular la decisión de la Sala Electoral que ratificó a Nicolás Maduro como ganador de las elecciones presidenciales el 28 de julio.
En una breve resolución y sin dar mayores detalles, el TSJ calificó el recurso como «inadmisible».
¿QUÉ SOLICITABA ANTONIO ECARRI CON ESTE RECURSO?
1- «Anular las actuaciones de la Sala Electoral por contrarias a la Constitución y la ley. Definir y aclarar las competencias entre el Poder Electoral y el Poder Judicial. Hoy ni el CNE cumple una sentencia incompleta».
2- «Terminar de aclarar -para hoy y para siempre- lo que se debe publicar en cada elección».
3- «Creación de una Alta Comisión Constitucional que abra el debate y diálogo sobre las exigencias, reformas urgentes y estructurales que la nación requiere. Hay que abolir el caudillismo y la sobrecarga de funciones del presidente de la República que impiden los cambios democráticos. Hay mucho que debatir entre los venezolanos, de manera soberana, nacionalista y sin injerencias de ninguna potencia extranjera. Llámese Rusia, China o Estados Unidos».
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No obstante, a más de dos meses y medio de los sufragios, el CNE continua sin publicar los resultados oficiales de las elecciones presidenciales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y según lo que ordenó la Sala Electoral del propio TSJ en su sentencia por medio de la cual ratificó la reelección de Nicolás Maduro.
Por otra parte, cabe recordar que desde el pasado 25 de septiembre el candidato presidencial, Enrique Márquez, también está a la espera de una respuesta ante el recurso que presentó ante la Sala Constitucional del TSJ, sobre la misma sentencia.