«Es falso que se busque trastocar la representación de testigos»: Rector del CNE asegura que reglamento se modificó en 2013

Valentín Romero
Por Valentín Romero 4 Min de Lectura
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Rector del CNE asegura que reglamento de testigos de mesa se modificó en 2013 y así le respondió Eugenio Martínez
Foto: Captura de video

El rector suplente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Conrado Pérez, afirmó este domingo que el reglamento sobre los testigos de mesa no se modificó para la elección actual, al tiempo que aseguró que el mismo está vigente desde el año 2013.

«Es mentira, absolutamente falso, de que se haya buscado trastocar la situación de la representación de los testigos, de los candidatos y los partidos para esta elección», precisó Pérez a la periodista Margarita Oropeza en entrevista para el programa Abriendo Puertas de Venevisión.

«El 18 de enero del 2013 se dictó el reglamento electoral. El artículo 108 de esa resolución estableció que el testigo electoral debe ser un elector de la mesa de votación correspondiente ¿Cuántos años han pasado? 11 años», agregó.

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En ese sentido, señaló que se han realizado nueve procesos comiciales bajo esos parámetros; si bien se han dado algunas «modificaciones» a la norma como, por ejemplo, algunas referidas a los centros de votación.

Asimismo, criticó a aquellos que buscan desprestigiar al CNE, pues a su juicio esto afecta la credibilidad del ente rector.

Finalmente, indicó que el ente comicial está preparado para llevar a cabo las elecciones del 28 de julio en todas las instancias y circunstancias.

Por su parte, el periodista en materia electoral, Eugenio Martínez, desmintió al rector asegurando que en 2013 el reglamento no limitaba a los testigos al centro donde debía ejercer su derecho al voto.

«Es lamentable que un rector del CNE desconozca la normativa que debe hacer cumplir. En 2013 la norma sobre testigos no limitaba la acreditación al centro en donde debía votar ese elector como argumenta Conrado Pérez», escribió Martínez en su cuenta de Twitter (X).

«En 2020 fue la primera vez que el CNE cambio la norma al limitar la acreditación al municipio», añadió el experto en materia electoral acompañado del artículo 108 donde se especifica la norma.

El mismo, establece que «los integrantes y las o los testigos electorales votarán en la Mesa Electoral que les correspondan, según su inscripción en el Registro Electoral».

En los comentarios, de la publicación también le recordaron al rector el reglamento, por lo que lo instan a «estudiarse» las leyes electorales que debería representar y defender.

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