La presidencia ad hoc de la Corte Penal Internacional (CPI) aceptó este martes la solicitud del fiscal Karim Khan de apartarse de la investigación sobre los crímenes de lesa humanidad en Venezuela, tras considerar que existían motivos razonables de posible conflicto de intereses.
«La cuñada del fiscal compareció ante la Sala de Apelaciones como representante de Venezuela, que estaba apelando una decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares I que autorizaba al fiscal a reanudar las investigaciones en Venezuela», dice parte de la sentencia.
«El fiscal no niega que tuviera conocimiento de que su cuñada actuaba como parte del equipo legal que representaba a Venezuela. En este sentido, la presidencia ad hoc considera irrelevante que el fiscal no asistiera a las audiencias pertinentes. La Sala de Apelaciones también ha constatado que el fiscal no informó a la Sala de Apelaciones sobre la relación familiar entre él y la Sra. Alagendra mientras los procedimientos pertinentes ante la Sala de Apelaciones estaban en curso», añadió.

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En este sentido, la presidenta ad hoc destacó la gravedad de la falta por parte de Karim Khan. «La presidencia ad hoc observa que, en situaciones en las que surge una posible apariencia de parcialidad, la transparencia y la divulgación son fundamentales, observación compartida por la Sala de Apelaciones. La presidencia ad hoc considera que esta falta de transparencia es relevante para la evaluación de la posible parcialidad».
«Además, la Sra. Alagendra había trabajado previamente en el caso Ruto y Sang, en el que, independientemente de los detalles precisos y la naturaleza de su trabajo, se encontraba en una relación de subordinación con el fiscal, quien entonces era el abogado principal del caso. Esto demuestra la existencia de una relación profesional previa de carácter jerárquico», continuó.
Por lo cual, la máxima autoridad de la CPI consideró que el «fiscal no puede participar en ningún asunto en el que su imparcialidad pueda razonablemente dudarse».
«En virtud de lo anterior, la presidencia ad hoc dispone: se concede la solicitud de excusa», sentenció.